Todo lo que necesitas saber sobre la entrega de una vivienda de obra nueva en España
- 20.05.2025
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Todo lo que necesitas saber sobre la entrega de una vivienda de obra nueva en España
La compra de una vivienda de obra nueva representa uno de los eventos financieros y personales más significativos en la vida de cualquier persona o familia en España. Implica una cuidadosamente planeada inversión y, en muchas ocasiones, un largo proceso de espera durante la construcción del inmueble. Cuando finalmente se acerca el momento de la entrega, surgen muchas preguntas y expectativas. Comprender cada etapa y los detalles involucrados es fundamental para que la experiencia sea positiva y sin sobresaltos.
En este extenso y detallado artículo, abordaremos todo lo que necesitas saber sobre la entrega de una vivienda de obra nueva en España. Desde los aspectos legales y documentales hasta las recomendaciones más prácticas para la inspección y recepción del inmueble, pasando por derechos, obligacioness, posibles incidencias y su resolución. Si estás a punto de convertirte en propietario de una casa nueva o simplemente quieres estar informado sobre el procedimiento, aquí encontrarás información completa, precisa y actualizada.
Índice de contenidos
- ¿Qué significa la entrega de una vivienda de obra nueva?
- Etapas del proceso de entrega de una vivienda
- Documentación necesaria en la entrega
- Inspección y revisión de la vivienda: qué comprobar
- Principales defectos y cómo reclamar
- Las garantías legales de las constructoras y promotoras
- Registro de la propiedad y formalización de la hipoteca
- La entrega de llaves y el alta de servicios
- Obligaciones y derechos del comprador
- Incidencias frecuentes y cómo solucionarlas
- Consejos para una entrega sin sobresaltos
- Preguntas frecuentes sobre la entrega de obra nueva
1. ¿Qué significa la entrega de una vivienda de obra nueva?
La entrega de una vivienda de obra nueva es el acto formal y legal mediante el cual la promotora o la constructora hace efectiva la transmisión de la posesión de la vivienda al comprador. Este hito supone el traspaso efectivo de la propiedad y, por tanto, la asunción por parte del comprador de los derechos y obligaciones inherentes a la titularidad de la vivienda.
No se trata únicamente de la entrega de la llave física. La entrega implica que todas las condiciones pactadas en el contrato de compraventa han sido cumplidas, que la vivienda está terminada y lista para habitar —o, como se dice legalmente, que se encuentra “apta para su uso”— y que cuenta con todas las licencias y certificaciones necesarias, especialmente el Certificado de Fin de Obra y la Licencia de Primera Ocupación o el Cédula de Habitabilidad, dependiendo de la comunidad autónoma.
Es el momento en que el comprador debe recibir una vivienda exenta de defectos estructurales y acabados según lo contratado, asumiendo desde ese instante la responsabilidad sobre el mantenimiento y los gastos asociados, como suministros, comunidad de propietarios, impuestos, etc.
1.1 Diferencia entre compraventa y entrega
Una cuestión importante que suele generar dudas es la diferencia entre la firma del contrato de compraventa y la entrega de la vivienda. En los casos de obra nueva, es habitual que la firma del contrato y el comienzo del pago se lleven a cabo durante la fase de proyecto o construcción, incluso mucho antes de que la vivienda esté terminada.
- Compraventa: Se firma el contrato, se acuerdan las condiciones y se suele abonar una entrada o señal, además de otros pagos periódicos según avance de obra.
- Entrega: Se realiza la escrituración (ante notario) y la posesión efectiva del inmueble, así como el traspaso de llaves y documentación pertinente.
1.2 Significado legal de la entrega
En términos legales, la entrega implica el traslado de la posesión del bien, con lo que nace el derecho del comprador de disfrutar y disponer del mismo, así como el deber de cumplir con las cargas asociadas.
2. Etapas del proceso de entrega de una vivienda
La entrega de una vivienda de obra nueva es el tramo final de un largo proceso que puede durar años. Sin embargo, las etapas relacionadas con la entrega están bien definidas y deben ser cuidadosamente vigiladas por el comprador para evitar sorpresas desagradables.
2.1 Comunicación de finalización de obra
Cuando la promotora obtiene el Certificado de Final de Obra, suele comunicar a los compradores que la vivienda está terminada, iniciando así el proceso de escrituración y entrega. En ese momento también se llevan a cabo las últimas verificaciones, la obtención de licencias y el cierre de detalles administrativos.
2.2 Inspección de la vivienda
Antes de la entrega formal, el comprador tiene derecho a visitar la vivienda —habitualmente con cita concertada— para revisarla y comprobar que todo se ajusta a lo contratado: acabados, instalaciones, elementos comunes, etc.
2.3 Solución de defectos previos
Es frecuente detectar pequeños desperfectos o remates en esta primera inspección (conocidos como snagging list en el sector inmobiliario), que la constructora debe subsanar antes de formalizar la entrega.
2.4 Formalización de la escritura pública
Este momento, celebrado en notaría, marca el cambio de titularidad. El comprador y la promotora firman la escritura pública de compraventa, se realiza el pago restante —si lo hay—, y se inicia el proceso de registro y gestión hipotecaria, si corresponde.
2.5 Entrega formal de llaves y documentación
Tras la firma en notaría, el comprador recibe las llaves, la documentación técnica de la vivienda y otros documentos esenciales (manual del edificio, garantías, contratos de suministros, estatutos de la comunidad de propietarios, etc.). A partir de ese momento, la vivienda pasa a ser de su entera responsabilidad.
3. Documentación necesaria en la entrega
La documentación que debe entregarse al comprador es una de las garantías clave del proceso. Un comprador bien informado debe exigir siempre recibir, revisar, y custodiar la siguiente documentación:
- Escritura pública de compraventa: Documento firmado ante notario que consigna la transmisión de la propiedad.
- Copia simple de la escritura: Para trámites o consultas, ya que la original suele quedarse en el registro notarial mientras dura la inscripción.
- Certificado final de obra: Emitido por el director de obra y visado por el Colegio de Arquitectos correspondiente, atestigua que la obra está concluida según proyecto.
- Licencia de Primera Ocupación/Cédula de Habitabilidad: Acredita la aptitud de la vivienda para ser habitada y permite dar de alta servicios.
- Certificado de eficiencia energética: Documento legalmente obligatorio que informa sobre el consumo energético de la vivienda.
- Documentación técnica del edificio: Libros y manuales que explican materiales, instalaciones, mantenimiento y recomendaciones de uso.
- Boletines de instalación (agua, gas, electricidad, telecomunicaciones): Necesarios para contratar suministros y certificar la correcta ejecución de instalaciones.
- Justificante de pago de impuestos (IVA o ITPAJD, según proceda): Esencial para cualquier reclamación futura.
- Estatutos y normas de la comunidad de propietarios (si procede): Obligatorio para participar en la comunidad.
- Planos y memorias de calidades finales: Permiten comparar lo entregado con lo contratado.
No entregar alguno de estos documentos en tiempo y forma puede ser motivo de reclamación por parte del comprador y debe subsanarse a la mayor brevedad.
4. Inspección y revisión de la vivienda: qué comprobar
Una de las fases más relevantes para el futuro propietario es la inspección de la vivienda antes de aceptar la entrega. Este trámite debería hacerse sin prisas y prestando atención a todos los detalles, pues de ello depende el uso y disfrute adecuado de la casa y la posterior reclamación de desperfectos.
4.1 Preparación previa a la inspección
Antes de la visita, es útil recopilar:
- Memoria de calidades y planos del proyecto.
- Listado de elementos acordados (personalizaciones, mejoras).
- Material para comprobar detalles (linterna, metro, papel, bolígrafo, cámara o móvil).
4.2 Aspectos a revisar en la inspección
La inspección debe ser exhaustiva y abarcar tanto el interior de la vivienda como las zonas comunes, si existen.
- Acabados de paredes y techos: Busca grietas, manchas, golpes o acabados defectuosos en pintura o yeso.
- Pavimentos y revestimientos: Examina la colocación de suelos, baldosas, parquet, cerámica en baños y cocina.
- Carpintería interior y exterior: Revisa puertas, ventanas, persianas, cristales y su cierre correcto.
- Sistema eléctrico: Comprueba enchufes, interruptores, toma de tierra y buen funcionamiento del cuadro eléctrico.
- Fontanería: Abre grifos, descarga inodoros y verifica que no haya fugas, manchas de humedad ni malos olores.
- Electrodomésticos y calderas: Si se incluyen, revisa su estado y manual de instrucciones.
- Climatización/Aire acondicionado: Enciende el sistema y verifica salidas de aire, termostatos y mandos.
- Ventilación y extracción: Asegúrate del correcto funcionamiento de extractores y ventilaciones.
- Suministro de agua y electricidad: Comprobación de presión, caudal y conexión efectiva de los servicios.
- Seguridad: Puerta blindada, cerraduras, videoportero, detectores de humos si procede.
4.3 Inspección de elementos comunes
- Portal y garaje: Accesos, automatismos, señalización.
- Zonas verdes, piscinas, juegos infantiles: Estado de entrega y funcionamiento.
- Ascensores: Certificados de revisión y funcionamiento adecuado.
- Cuartos de contadores, sótanos: Accesibilidad y seguridad.
4.4 Cómo dejar constancia de defectos
Haz una lista detallada de defectos o desperfectos detectados, incluyendo fotografías y referencias claras. Entrégala a la promotora para que los repare antes de proceder a la entrega final o, en su defecto, solicite compromiso por escrito de reparación posterior con plazos definidos.
5. Principales defectos y cómo reclamar
En la entrega de una obra nueva, pueden surgir defectos o vicios constructivos que conviene identificar y reclamar a tiempo. Conviene distinguir entre:
- Vicios visibles: Aquellos apreciables a simple vista durante la inspección inicial (golpes, manchas, puertas desencajadas, cerámica mal colocada...).
- Vicios ocultos: Defectos que no se manifiestan de inmediato y pueden surgir con el uso (humedades, malas conexiones, filtraciones...).
5.1 Tipos de defectos frecuentemente detectados
- Pinturas defectuosas, desconchados o manchas.
- Puertas o ventanas que no encajan o no cierran bien.
- Suelos o azulejos mal colocados o rotos.
- Baños o cocinas con juntas defectuosas o sanitarios mal sellados.
- Goteras, humedades o filtraciones en techos y paredes.
- Fallos en enchufes, interruptores o cuadros eléctricos.
- Aire acondicionado que no funciona o ruidos excesivos en maquinaria.
- Problemas con ascensores o portales automatizados.
- Mal funcionamiento de persianas o toldos instalados.
5.2 Proceso de reclamación
Ante el hallazgo de defectos, se recomienda:
- Reclamar de forma fehaciente y por escrito a la promotora, incluyendo fotografías y descripción detallada.
- Registrar la reclamación en el libro de incidencias de la comunidad, si el defecto es general.
- Exigir plazos concretos para la subsanación.
- Si no se atiende la reclamación, consultar con un abogado especializado o acudir a organismos de arbitraje de consumo.
La mayoría de promociones ofrecen un Servicio de Postventa que canaliza estas incidencias. Si hay desacuerdo, será necesario valorar una peritación independiente o, en casos graves, acudir a la vía judicial.
6. Las garantías legales de las constructoras y promotoras
La ley española brinda una serie de garantías a los compradores de vivienda nueva. La Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación (LOE) es la referencia principal y determina distintos plazos y coberturas:
6.1 Plazos de garantía según el tipo de defecto
- 1 año: Garantía contra defectos de terminación o acabados (puertas, ventanas, alicatados, pintura, etc.). La constructora responde directamente.
- 3 años: Defectos que afectan a la habitabilidad del edificio (humedades, aislamientos, instalaciones, etc.). Responsabilidad de todos los agentes de la edificación.
- 10 años: Defectos estructurales graves que afecten a la resistencia y estabilidad del edificio (funda-mentaciones, soportes, vigas, muros de carga, etc.). Asegurados por un seguro decenal obligatorio.
6.2 Cómo ejercer las garantías
El mecanismo habitual es la comunicación fehaciente al promotor-constructor, preferentemente mediante burofax, correo certificado o e-mail con acuse de recibo. Si la compañía se niega a reparar, el comprador puede acudir judicialmente o solicitar la intervención de la aseguradora decenal.
Es muy importante que el comprador conserve toda la documentación de la vivienda, las cartas de reclamación y los informes técnicos o periciales que puedan acreditarse ante una eventual litigación.
7. Registro de la propiedad y formalización de la hipoteca
Una vez firmada la escritura, el notario remite una copia al Registro de la Propiedad para su inscripción. La inscripción no es obligatoria, pero sí altamente recomendable dado que garantiza la seguridad jurídica y protege frente a terceros.
7.1 Proceso de inscripción y derechos que otorga
- Prueba fehaciente de titularidad.
- Oposición frente a embargos, cargas u otros derechos no inscritos.
- Necesario para formalizar hipotecas o vender en el futuro.
7.2 Formalización de la hipoteca sobre vivienda nueva
Si la compra se financia mediante préstamo hipotecario, este se constituye normalmente el mismo día de la firma de la escritura. El banco suele acompañar a la notaría su propio representante para proceder a la escritura del préstamo y, posteriormente, inscribir la carga en el registro.
Es fundamental que el comprador revise con detenimiento las condiciones del préstamo y, preferiblemente, compare distintas ofertas bancarias antes de aceptar la propuesta de la promotora, que en muchas ocasiones mantiene convenios con bancos concretos.
8. La entrega de llaves y el alta de servicios
En el mismo acto de la entrega de llaves, el comprador recibe también los mandos, tarjetas de acceso y la documentación necesaria para el alta de suministros.
8.1 Altas de servicios básicos
Es habitual que la constructora mantenga durante la obra contratos de "obra" o "promotor" para electricidad, agua y gas. El comprador debe acudir a las respectivas compañías a contratar el suministro a su nombre, para lo que ha de presentar:
- Escritura de propiedad
- Licencia de primera ocupación/cédula de habitabilidad
- Boletines de instalación (agua, gas, luz)
Estos trámites pueden prolongarse entre una y tres semanas, dependiendo de la agilidad de las empresas suministradoras, por lo que se recomienda iniciarlos inmediatamente tras la entrega.
8.2 Altas de telecomunicaciones y otros servicios
Fibra óptica, teléfono, televisión, internet: normalmente la preinstalación está hecha, pero conviene verificarlo antes de comprar el paquete o llamar a la compañía de telecomunicaciones.
9. Obligaciones y derechos del comprador
El comprador adquiere en el acto de entrega tanto derechos como obligaciones imprescindibles para el uso y conservación del inmueble.
9.1 Derechos del comprador de obra nueva
- Recibir la vivienda según memoria de calidades y planos previstos.
- Exigir la entrega de toda la documentación legal, técnica y comercial.
- Reclamar y exigir la reparación de defectos previstos en la LOE.
- Participar en la comunidad de propietarios y asistir a sus juntas.
- Disfrutar de las instalaciones comunes y privativas según la ley.
9.2 Obligaciones
- Pago íntegro de los importes pendientes (financiación, IVA, gastos de notaría y registro, pago de suministros, etc.).
- Comenzar a satisfacer los gastos de comunidad y tributos (IBI, basura, etc.) desde la adquisición.
- Mantener la vivienda y sus instalaciones en buen estado.
- Respetar las normas de convivencia y estatutos de la comunidad.
9.3 Impuestos y gastos asociados a la entrega
- IVA: El más relevante en obra nueva (al 10%, salvo excepciones).
- Actos Jurídicos Documentados (AJD): Varía entre el 0,5% y el 1,5% según comunidad autónoma.
- Gastos de notaría y registro: Se reparten según acuerdo, pero el comprador suele asumir registro y copia de la escritura.
- Gastos de hipotecario: Dependen de lo pactado con la entidad financiera tras la entrada en vigor de la ley en 2019, que traslada la mayoría de costes al banco.
10. Incidencias frecuentes y cómo solucionarlas
La entrega de vivienda de obra nueva suele estar exenta de graves complicaciones, pero pueden darse diversas incidencias, tanto de tipo técnico como administrativo:
- Retrasos en la entrega: Es uno de los problemas más habituales. Si el plazo de entrega es superado sin causa justificada, la promotora debe indemnizar conforme al contrato. Si el retraso es relevante, se puede incluso solicitar la rescisión del contrato.
- Defectos graves o defectuosa terminación: Reclamación por la vía de la LOE, con peritación y posibles acciones judiciales.
- No concesión de Licencia de Primera Ocupación: Motivo de peso para no firmar la escritura ni la entrega. Si la promotora no la obtiene, el comprador puede solicitar la resolución contractual y devolución de lo pagado.
- Falta de suministros: Es imprescindible que todos los servicios sean dados de alta y operativos a la recepción de la vivienda. Si no es así, debe reclamarse.
- Cargas, hipotecas previas o embargos sobre la vivienda: El comprador debe asegurarse de que la vivienda se entregue libre de cargas.
10.1 Qué hacer si la vivienda no se entrega conforme a contrato
- Revisar el contrato firmado y sus cláusulas sobre plazos y penalizaciones.
- Contactar de inmediato con la promotora y registrar reclamación formal.
- Consultar con abogado especialista si la respuesta es insatisfactoria o no hay voluntad de solución.
- En caso extremo, acudir a asociaciones de consumidores o incluso a la vía judicial.
10.2 Consecuencias de no registrar la vivienda correctamente
No inscribir la vivienda limita la capacidad de venta futura y puede exponer al titular a problemas legales y fiscales. Es un paso crucial y no debe posponerse innecesariamente.
10.3 Problemas en la comunidad de propietarios
Conflictos sobre zonas comunes, reparto de gastos o mala gestión pueden surgir. Deben resolverse en junta y, de ser necesario, con asesoramiento jurídico.
11. Consejos para una entrega sin sobresaltos
La experiencia de recibir tu nueva casa puede ser muy gratificante si sigues estos consejos:
- Infórmate exhaustivamente sobre contratos, memoria de calidades y derechos antes de firmar.
- No aceptes la entrega ni firmes escrituras si no están terminadas las obras o falta alguna documentación esencial.
- Solicita abogados o técnicos independientes si tienes dudas, sobre todo en inspección de acabados o problemas de estructura.
- Garantiza que tus pagos están protegidos mediante aval o póliza, sobre todo durante la construcción.
- No firmes la conformidad sobre la vivienda hasta realizar una lista de snagging exhaustiva.
- Recoge copia de toda la documentación legal y técnica —puede ser fundamental para el futuro—.
- Haz fotos y videos durante la inspección y entrega.
- Mantén un registro escrito de las reclamaciones e incidencias detectadas.
- Presta atención a plazos de garantía para que tus derechos no caduquen.
- Consulta plataformas y foros de propietarios si detectas problemas comunes para buscar soluciones colectivas.
12. Preguntas frecuentes sobre la entrega de obra nueva
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¿Puedo negarme a firmar la entrega si detecto defectos?
Sí, si los defectos son graves o hacen la vivienda inhabitable. Si son defectos menores o acabados, suele firmarse la entrega dejando constancia de los desperfectos y plazos de subsanación.
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¿Qué pasa si no hay agua o luz al entregar la vivienda?
La vivienda debe entregarse habitable y con posibilidad de dar de alta suministros. Si no es así, puede reclamarse y, en casos graves, negarse a la firma.
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¿Quién paga los impuestos y gastos de escrituración en obra nueva?
El comprador abona IVA, AJD y suele asumir registro y copia de la escritura. El vendedor asume la plusvalía municipal y su copia de la escritura.
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¿Cuál es el plazo para reclamar defectos de construcción?
1 año para acabados, 3 años para habitabilidad y 10 años para defectos estructurales, según la LOE.
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¿Se puede renunciar a las garantías?
No. Las garantías legales no pueden ser renunciadas por el comprador ni siquiera mediante cláusula expresa.
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¿Qué pasa si la promotora entra en concurso de acreedores?
Tus pagos deben estar avalados por ley; si no, puedes reclamar judicialmente para recuperar lo abonado.
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¿Puedo vender la vivienda antes de que acabe la obra?
En teoría, sí, transmitiendo el derecho de adjudicación. Sin embargo, puede estar limitado contractualmente o la promotora puede cobrar comisión.
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¿Qué ocurre si la hipoteca no es concedida tras firmar el contrato de compraventa?
El contrato puede establecer la condicionalidad a la concesión de hipoteca. Si no está expresamente indicado, podrías perder la señal si no puedes pagar.
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¿Es obligatorio firmar en una notaría propuesta por la promotora?
No, el comprador puede elegir notario si así lo prefiere.
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¿Puedo modificar la vivienda recibida?
Siempre que respetes normativa y elementos comunes, puedes modificar tu vivienda privativa tras la entrega y registrar las reformas si son relevantes.
Conclusión
La entrega de una vivienda de obra nueva en España supone una etapa ilusionante pero también delicada, donde hay que extremar precauciones y ejercer activamente los derechos como comprador. Desde la inspección inicial hasta el registro, pasando por la gestión de todos los trámites y la resolución de defectos, el éxito del proceso depende de la información, la documentación y la vigilancia de cada detalle.
Al conocer en profundidad cada fase y actuar con criterio, será mucho más probable que puedas disfrutar de tu nuevo hogar desde el primer día, con la tranquilidad de saber que cualquier incidencia podrá ser resuelta conforme a tus derechos legales.
Recuerda: ante cualquier duda, consulta siempre con un profesional especializado y no aceptes presiones ni prisas en un proceso tan relevante para tu futuro.

